viernes, 1 de diciembre de 2023

Bebidas energéticas

(Nota: Tarea 5.1 de la asignatura Bioquímica de la vida cotidiana)

La tarea consiste en ir al supermercado y elegir 3 bebidas energéticas para ordenarlas por cantidad de azúcar total, por cantidad de cafeína y comparar los resultados con las cantidades de un refresco normal.


INTRODUCCIÓN

La problemática con las bebidas energéticas es un tema que está de plena actualidad, y es que recientemente ha sido noticia que la Xunta de Galicia ha anunciado la prohibición de bebidas energéticas para los menores de edad. El problema con estos productos es que carecen de una regulación propia incluyéndose actualmente en el grupo de las bebidas refrescantes, lo que les "otorga" un amplio abanico de ingredientes que poder incluir como:

-Cafeína. Ingrediente principal y que se incluye en estas bebidas en una cantidad muy elevada. Su consumo excesivo deriva en alteraciones del sueño, problemas cardiovasculares, dependencia, etc., 

En España, hace un par de años, el ya ex ministro, Alberto Garzón presentó un informe del Comité Científico de la AESAN (Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición) sobre los riesgos de estos productos para elaborar un conjunto de medidas y recomendaciones de consumo. La UE ya había incluido en el Reglamento (UE) nº 1169/2011 una recomendación en el etiquetado de bebidas con un contenido elevado de cafeína, considerándose elevado, por encima de 15mg de cafeína por 100ml: “Contenido elevado de cafeína: No recomendado para niños ni mujeres embarazadas o en período de lactancia, junto con la indicación de la cantidad de cafeína que aportan expresado en mg por 100 ml". 

Teniendo en cuenta que la presentación normal de este tipo de productos es de 500ml por lata, podríamos estar hablando de que en una bebida energética habría más cantidad de cafeína que en 4 cafés.

Infografía Ministerio de Consumo


-Azúcar. Ingrediente problemático cuyo consumo diario, según la OMS, no debería superar los 50g siendo la recomendación de reducir su ingesta a 25g. Su consumo excesivo está relacionado con la obesidad, la diabetes y enfermedades cardiovasculares.

-Taurina. Es un nutriente que se encuentra en la carne, en el pescado y en los huevos, cuya deficiencia se asocia con miocardiopatías, disfución renal, anomalías del desarrollo etc., pero que, como decimos, se obtiene a través de una dieta omnívora o, en dietas vegetarianas estrictas, a través de suplementos. En las bebidas energéticas el marketing para la taurina es que mejora el rendimiento físico y mental, sin embargo, la AESAN, con los diferentes estudios e informes que se han realizado, no puede respaldar dichas afirmaciones. 

-Ginsegn, guaraná y ginkgo. Igual que con la taurina, no se pueden demostrar sus efectos beneficiosos, y, además, la AESAN recuerda que a pesar de que son ingredientes a base de plantas, se debe tener en cuenta la posibilidad de que interactúen con algunos medicamentos e incluso con la propia cafeína que ya llevan estas bebidas.

 

EJEMPLOS:

Se han tomado como ejemplos estas 3 bebidas energéticas y un refresco normal. Mediante la información nutricional que aparece en el producto, analizaremos las cantidades de azúcar y de cafeína de cada producto, para posteriormente ordenarlos. El orden lo indicaré de manera decreciente, es decir de mayor cantidad a menor.

(Pinchar sobre el nombre de cada bebida para ampliar la imagen)

 

De izquierda a derecha: Blue chameleon, Burn y Monster
 

 
Como refresco normal he elegido la Coca-Cola
 
 
Coca-Cola

 

BLUE CHAMELEON: La presentación de la lata es de 250ml. 
 
  • Cantidad de azúcar total: Si nos fijamos en la etiqueta de información nutricional, la cantidad de azúcar (11g) aparece solamente para 100ml, pero no para el total del producto que serían 27,5g.

  • Cantidad de cafeína total: Aparece en el etiquetado marcado por la UE que hemos comentado anteriormente: 30mg/100ml, es decir, que en esta lata de 250ml la cantidad de cafeína que hay son 75mg.

 

BURN: La presentación de la lata es de 500ml.

  • Cantidad de azúcar total: En este caso, además de la concentración por cada 100ml, también aparece la cantidad total de azúcar para los 500ml de producto que son 75g.

  • Cantidad de cafeína total: Igual que en el caso anterior, aparece la etiqueta correspondiente en la que se indican las recomendaciones y una cantidad de cafeína de 32mg/100, es decir, 160mg en esta lata de 500ml.


MONSTER: Lata de 500ml.

  • Cantidad de azúcar total: Igual que con el BURN, en este caso también aparece la cantidad total de azúcar que son 56g en 500ml.

  • Cantidad de cafeína total: También aparece la etiqueta con la recomendación y una cantidad de cafeína expresada por concentración de 32mg/100ml, es decir, 160mg en 500ml.


COCA-COLA: Lata de 330ml.
  • Cantidad de azúcar total: 35g

  • Cantidad de cafeína: No aparece. Ya que la indicación es etiquetar y advertir cuando la cantidad de cafeína supere los 15mg/100ml, voy a asumir que en esta lata de 330ml hay menos de 15mg/100ml o lo que es lo mismo, menos de 49,5mg.

    He consultado en el sitio web de Coca-Cola y no aparece, ni en el apartado del producto en particular, ni en otro apartado con Preguntas frecuentes (FAQ). Consultando en otros sitios de internet, he encontrado un artículo del Economista en el que dicen que, según el fabricante, la cifra de cafeína total en una lata de 200ml es de 20mg. Luego, sí se estaría cumpliendo con lo anterior, es decir, que tiene menos de 15mg/100ml.


 
RANKING:
 
Según el azúcar total, en orden de mayor a menor cantidad tenemos:
  1. BURN con 75g
  2. MONSTER con 56g
  3. COCA-COLA con 35g
  4. BLUE CHAMELEON con 27,5g


Según la cafeína total, en orden de mayor a menor cantidad tenemos: 

  1. BURN y MONSTER con 160mg
  2. BLUE CHAMELEON con 75mg
  3. COCA-COLA con menos de 49,5mg

 

CONCLUSIONES

Respecto al azúcar y teniendo en cuenta los datos que la OMS arroja sobre la recomendación de mantener el consumo diario de azúcar en 25g, todas las bebidas del ejemplo lo han superado con una sola lata. En dos de los casos, estaríamos incluso consumiendo más del doble.

Por otro lado, respecto a la cafeína. Se ha comprobado que efectivamente las 3 bebidas que son específicamente energéticas, presentan el doble de la concentración de cafeína que ya se considera elevada, los 15mg/100ml que hemos comentado anteriormente, por lo que lo tienen que incluir en el etiquetado con la aclaración correspondiente y así lo hemos podido comprobar.

Respecto al refresco normal, aunque parece que no es obligatorio que, en su caso, incluya la cantidad de cafeína, pienso que deberían incluirlo por un tema de transparencia y de seguridad para el consumidor. No olvidemos que este tipo de productos tienen un gran público infantil y juvenil. 

En general, sí opino que es un tema preocupante, ya que se ha convertido en un producto súper accesible, al alcance de cualquiera y en prácticamente cualquier lugar, y que necesita una regulación con carácter urgente para la protección, sobre todo, de la salud del consumidor más joven.